Ante la solicitud de certificados médicos por parte de los padres o representantes legales de los menores en edad escolar dirigidos a acreditar la vulnerabilidad de los mismos ante un posible contagio de COVID-19, con la finalidad de justificar la ausencia a las clases presenciales para evitar la exposición, informamos:
De conformidad con la normativa reguladora de la autonomía del paciente, el médico está obligado a emitir los certificados de su estado de salud con la finalidad de acreditar ante terceros dicho estado o un proceso asistencial prestado, mediante informe clínico o certificado médico oficial.
Sin embargo, no existe la obligación de emitir certificados médicos con una finalidad predeterminada, solicitada por el propio paciente, sus padres o representantes legales, recordando que es contrario a la deontología médica los certificados de complacencia.
Las autoridades en materia de Educación, y sus correspondientes servicios médicos, son los competentes para decidir sobre la dispensa de asistencia a clase, conforme a las recomendaciones sanitarias y la situación epidemiológica particular de cada centro escolar.
Recibíd, un cordial saludo
Gloria Armenteros Delgado
Vocal de Médicos de Atención Primaria
Colegio Médicos Jaén